Exploración offshore: el Gobierno Nacional apelará el fallo de la Justicia marplatense

Publicado por: Real Chubut - Agencia de Noticias 12/02/2022 Nacional



La Justicia de Mar del Plata hizo lugar a una medida cautelar y ordenó suspender el proyecto de exploración petrolera a 300 kilómetros de las costas marplatenses. El secretario de Energía , Darío Martinez, expresó que el Gobierno es "respetuoso de la Justicia, pero esto no es cosa juzgada"

El titular de la cartera energética, adelantó que en consecuencia "se apelará la medida y que los abogados del Ministerio de Ambiente, del Ministerio de Energía y la Procuración, están analizando el fallo, y preparando la presentación judicial correspondiente".
La tarea de exploración del lecho marino iba a ser llevado adelante por el consorcio de empresas que encabeza Equinor en sociedad con la petrolera nacional YPF y la angloholandesa Shell, en tres de los 18 bloques adjudicados en 2019 por los que las adjudicatarias comprometieron inversiones por casi US$ 800 millones.
La resolución judicial se enmarca en las presentaciones del intendente Montenegro, la Organización de Ambientalistas Autoconvocados y un particular contra la decisión del Gobierno Nacional de habilitar la campaña de adquisición sísmica offshore en las áreas CAN 108, CAN 100 y CAN 114 de la Cuenca Argentina Norte, dispuesta por Resolución 436/2021 del Ministerio de Ambiente.

 

Daro Martnez secretario de Energa

Darío Martínez, secretario de Energía.


El Gobierno nacional el pasado 30 de diciembre otorgó la Declaración de Impacto Ambiental y emitió la Resolución 436/21, que autorizó a las petroleras a realizar estudios de exploración sísmica en tres áreas offshore localizadas a más de 300 kilómetros de la Costa bonaerense.
En su resolución, el juez indicó que aceptaba la medida cautelar presentada en su momento por el intendente y ambientalistas por "el cumplimiento defectuoso de los estándares sobre información y participación que se desprenden de la legislación vigente y del Acuerdo de Escazú (Ley 27.566)".
También argumentó la falta de una instancia de consulta al Municipio de General Pueyrredón en el proceso de toma de decisión; y las falencias del Estudio de Impacto Ambiental derivadas de la insuficiente proyección sobre los impactos acumulativos de las exploraciones a realizarse sobre el Mar Argentino.
El juez Martín citó el Acuerdo de Escazú y recordó que “estas acciones deben realizarse ‘desde etapas iniciales del proceso de toma de decisiones, de manera que las observaciones del público sean debidamente consideradas y contribuyan en dichos procesos’”.
“No se vislumbran, en principio, acciones ‘proactivas’ que hayan tendido a poner en conocimiento de la población en general el proyecto de exploración hidrocarburífera en el Mar Argentino, y concretamente en las costas adyacentes a la ciudad de Mar del Plata, o al menos que ello haya sido a través de ‘medios apropiados’ (escritos, electrónico u orales)” de modo de “garantizar que el tema ingrese en la agenda pública con anterioridad a la toma de decisión gubernamental”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente:telam.com.ar


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