El Concejo aprobó el proyecto del intendente Luque para eximir de impuestos a los comercios más afectados por la cuarentena

Publicado por: Real Chubut - Agencia de Noticias 21/05/2020 Local



A partir de la promulgación de la ordenanza aprobada por unanimidad, el proyecto enviado por el intendente Juan Pablo Luque tendrá vigencia y beneficiará a los sectores comerciales más afectados por la cuarentena: “Es un esfuerzo más que hacemos desde el Municipio como una forma de ayudar a las pymes y pequeños comerciantes en este contexto”, afirmó.

Previamente, el Ejecutivo ya había prorrogado los pagos de ingresos brutos por 90 días como primera medida en el marco de la pandemia y ahora sumó un esfuerzo mayor para eximir de los impuestos que pagan los comerciantes. Se trata de exenciones impositivas por 30, 60 o 90 días según cada caso, en cuanto a impuesto inmobiliario, impuesto automotor, ingresos brutos y tasa de comercio e industria.

El argumento del intendente, que está reflejado en el proyecto aprobado en la sesión del jueves, es que “la Pandemia desatada generó situaciones extraordinarias e imprevisibles, que impiden que los contribuyentes afectados a la actividad comercial e industrial puedan cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales. Por lo cual consideramos razonable contemplar la situación de excepcionalidad y disponer un plazo especial de exención de determinadas obligaciones frente a la Municipalidad de Comodoro Rivadavia”.

Cabe aclarar que todos los pedidos de exención deberán ser solicitados personalmente por los contribuyentes y/o responsables ante la Dirección General de Rentas y/o Dirección General de Ingresos Brutos dentro del plazo de treinta (30) días de promulgada la ordenanza, a cuyo fin deberán completar el Formulario de Exención que resulte pertinente a cada obligación fiscal, que se informará en los próximos días.

Además, aquellos que ya hayan abonado los pagos correspondientes antes de la ordenanza, la Municipalidad de Comodoro Rivadavia, con previo requerimiento del interesado, reconocerá dichos pagos, como crédito a su favor para ser imputable al pago de futuras obligaciones en relación al impuesto abonado.


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