El Concejo Deliberante de Comodoro Rivadavia recordó a la población la prohibición del uso de pirotecnia, con excepción de la lumínica de bajo impacto sonoro. Ante numerosas consultas, se ha confirmado la información sobre las multas establecidas para quienes infrinjan esta normativa.
Según la Ordenanza N° 12.625/17 (modificada), el uso de pirotecnia prohibida implica una multa equivalente a 95.000 módulos, mientras que su fabricación, comercialización, depósito y venta al público mayorista o minorista se sanciona con una multa de 475.000 módulos y la clausura del local. (Ver Artículo 8° de la Ordenanza).
Considerando el valor del módulo impositivo según la Ordenanza Tributaria Anual 2025 (ver transcripciones previas), esto se traduce en las siguientes sanciones económicas:
– Uso de pirotecnia prohibida: $216.600
– Venta de pirotecnia prohibida: $1.083.000
En este sentido, el municipio hace un llamado a la responsabilidad ciudadana para evitar el uso de pirotecnia que pueda afectar la salud de personas sensibles al ruido y a los animales, además de proteger el medio ambiente.