
El Gobierno nacional reglamentó el cobro de atención médica a extranjeros no residentes en hospitales públicos
A través de la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud, publicada este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional reglamentó el procedimiento que habilita a los hospitales administrados por el Estado Nacional a cobrar por las prestaciones médicas brindadas a personas extranjeras que no posean residencia permanente en el país. La medida formaliza los aspectos operativos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, que introdujo modificaciones a la Ley de Migraciones.
El nuevo protocolo establece un criterio uniforme de recupero de costos. En los casos de extranjeros con residencia temporal o en tránsito, la facturación de las prestaciones médicas se canalizará a través de sus compañías de seguro de salud, o bien de manera directa al paciente si este no cuenta con cobertura privada, bajo las condiciones administrativas que disponga cada nosocomio.
Asimismo, la normativa ratifica de manera explícita que la atención de emergencias médicas continuará garantizándose sin restricciones, demoras ni discriminación por la condición migratoria del paciente. Quedan contempladas en este esquema de gratuidad e inmediatez las patologías que representen un riesgo inminente para la vida o funciones vitales, tales como paros cardiorrespiratorios, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, sepsis, urgencias quirúrgicas y emergencias obstétricas, pediátricas o neonatales. No obstante, una vez estabilizado el cuadro crítico, las atenciones posteriores serán facturadas.
Por su parte, las personas extranjeras que acrediten residencia permanente en la Argentina mantendrán el libre acceso al sistema público de salud en igualdad de condiciones que los ciudadanos nacionales, mediante la presentación de su Documento Nacional de Identidad (DNI) o la constancia digital de trámite emitida por la Dirección Nacional de Migraciones.
Con esta reglamentación a nivel nacional, la Casa Rosada estandariza un proceso que ya registraba antecedentes en distintas jurisdicciones del país, como Salta, Santa Cruz, Mendoza, Jujuy y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, provincias que anteriormente impulsaron esquemas locales para el cobro de servicios sanitarios a pacientes no residentes.






